Homeless Education Program

Ley de Asistencia Educativa para Jóvenes sin Hogar McKinney-Vento

La Ley McKinney-Vento define a “niños y menores sin hogar” como aquellos individuos que no tienen una residencia fija, regular, y adecuada en donde pasar la noche, incluyendo a
niños y menores que están

  • Compartiendo la residencia de otras personas debido a la pérdida de hogar, una dificultad económica, u otra razón similar;
  • Viviendo en un motel, hotel, remolque residencial, o parque de acampar debido a la falta de una residencia adecuada;
  • Viviendo en un albergue de emergencia o de transición, o están abandonados en un hospital.
  • Viviendo en una residencia pública o privada que no es designada para el hospedaje por los seres humanos.
  • Viviendo en vehículos, parques, espacios públicos, edificios abandonados, residencias en mal estado, estaciones de autobus o de tren, u otros sitios similares; y
  • Los niños migrantes que califican bajo “sin hogar” porque están viviendo en una de las circunstancias descritas anteriormente
  • Menores desamparados, incluyendo menores que no están bajo la custodia física de un padre o guardián, como aquellos que huyen de sus hogares, o menores a los que sus familias los han desamparado.

Derechos Educativos

Bajo la Ley Mckinney-Vento, los niños y menores sin hogar tienen derecho a:

  • Recibir una educación pública gratuita y apropiada.
  • Inscribirse en la escuela de inmediato, aunque les falten los documentos que normalmente se requieren para la inscripción.
  • Inscribirse en la escuela y asistir a clases mientras la escuela reúne los documentos necesarios.
  • Inscribirse en la escuela local; o continuar en su escuela de origen (la escuela a la que asistieron cuando estaban alojados permanentemente o la escuela en la que se inscribieron por última vez), de acuerdo con el mejor interés para el estudiante.

* Si el distrito escolar cree que la escuela elegida no es la mejor para el estudiante, el distrito debe proporcionar al padre, guardian o estudiante desamparado una explicación escrita de su posición e también informarlo(s) del derecho a apelar su decisión.

  • Recibir transporte hacia y desde la escuela de origen, si lo solicitan
  • Recibir servicios educativos comparables a servicios brindados a otros estudiantes, de acuerdo con las necesidades de cada estudiante.
  • Recibir almuerzos gratuitos durante el año escolar.
  • Recibir el mismo acceso a la educación y no pagar ningún cobro escolar.

Folleto de Servicios Educativos para Estudiantes en Viviendas Transitorias

Los servicios de McKinney-Vento se pueden proporcionar a un estudiante sin hogar durante la duración de la falta de vivienda del estudiante, y durante el año académico en que el estudiante queda permanentemente alojado.

Contactos Para Ayuda

Los enlaces/coordinadores de estudiantes sin hogar del Condado de Kern aseguran que los estudiantes sin hogar puedan inscribirse y recibir servicios y recursos educativos para continuar el desarrollo educativo y alcanzar el éxito académico.

Si usted cree que sus hijos podrían ser elegibles, contacte al oficial para la educación de los niños y jóvenes sin hogar de su distrito escolar para averigular los servicios y ayudas que podrían estar disponsibles. También puede haber apoyo disponible para sus hijos de edad preescolar.

Si desea contactar a su enlace/coordinador local de estudiantes, visite: https://bit.ly/MVLiaisonList

Si necesita ayuda adicional:

Coordinador de de servicios McKinney-Vento para KCSOS
Curt Williams
661-636-4900
cuwilliams@kern.org

Coordinador estatal
Leanne Wheeler
916-319-0383
HOMELESSED@cde.ca.gov

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